Recuerda, el primer asesoramiento es fundamental. Disponemos de un equipo de abogados especialistas en resolución de conflictos hereditarios.
Existen dos modalidades:
Aceptación pura ( la acepto con sus deudas y cargas , respondiendo de éstas con mis bienes y con los de la herencia).
Aceptación a beneficio de inventario ( la acepto con sus deudas y cargas, pero solo respondo con los bienes de la herencia).
A los hijos les corresponde un tercio de legítima de la herencia a cada uno.
Al cónyuge viudo le pertenece un tercio en usufructo de la herencia y una mitad de los bienes gananciales.
La herencia se compone de un tercio de legítima , un tercio de mejora y otro de libre disposición.
Debes ponerte en manos de un abogado especialista en herencias y sucesiones.
La Ley reserva un tercio de legítima en la herencia a los herederos legítimos.
No, salvo que existan causas para privarle de la herencia.
Las causas vienen establecidas por Ley:
* Haber negado sin motivo legítimo los alimentos al padre o haberlo maltrado de obra o injuriado gravemente de palabra.
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